El pasado 31 de octubre, el ex presidente abandonó la prisión de Segovia, donde había ingresado el 28 de julio para cumplir una condena de 9 meses por el caso Palma Arena, para pasar a régimen de semi libertad o tercer grado.
Como ya señalo DIRIGENTES, el Ministerio del Interior fue el encargado de conceder a Matas este régimen penitenciario, que no tuvo en cuenta el informe preceptivo de la Junta de Tratamiento, que era favorable a concederle el segundo grado, pero no el tercero. Al parecer, para otorgar el tercer grado, la Secretaría General tuvo en cuenta que Matas ya ha cumplido más de la tercera parte de sus nueve meses de condena por un delito de tráfico de influencias en el primer juicio del caso Palma Arena. Otro de los factores que pudo considerar es que solo está penado por esta causa, la escasa duración de la condena, la buena conducta observada en prisión, que se presentó voluntariamente para cumplir condena y que tiene la posibilidad de trabajar en el exterior. El tercer grado implica que el ex ministro tenía que dormir en un centro de inserción social, pero podía salir los fines de semana.
Sin embargo, poco después de que se hiciera efectivo este tercer grado, el juez de Vigilancia Penitenciaria de Valladolid, Florencio de Marcos Madruga anuló el tercer grado que había concedido la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Según se apuntaba en este auto, "aunque es un hecho indudable tanto al tiempo actual, como al de la comisión del delito, que Jaume Matas es un sujeto socialmente insertado -pues cuenta con un medio socio familiar normalizado, lo cual es habitual en la delincuencia llamada de "guante blanco"-, no hay reeducación del interno y sin haberse alcanzado ese fin de la pena , no tiene sentido la clasificación en tercer grado". El juez constataba además que "no hay prueba alguna de la existencia del arrepentimiento, asunción del hecho, conciencia del daño causado y del descrédito causado a la Institución Pública. Lo único que cabe afirmar es que el interno ha hecho hasta el último momento, legítimamente, todo lo que ha podido para no cumplir la pena".
En ese momento, la anulación no significó la inminente entrada en prisión del ex ministro, ya que existía la posibilidad de recurrir la sentencia. Ahora, casi dos semanas después, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Valladolid ha desestimado el recurso planteado por el ex presidente balear, contra la derogación de su tercer grado, para lo que ha argumentado que en los delitos de corrupción política el fin de la pena "prevalece" y, en ese sentido, "la confianza de los ciudadanos en el propio sistema puede verse afectado por la blandura del castigo".
A Matas se le acaba el tiempo, ya que solo dispondrá de cinco días para recurrir en apelación, ante la Audiencia de Palma, cuyos magistrados resolverán definitivamente si Matas sigue cumpliendo condena en tercer grado o como un preso de segundo grado.
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