Si Europa se caracteriza por algo, en los últimos años y en lo referente a las finanzas, es por la regulación. La Unión Europea se ha convertido en una máquina de crear diferentes normativas que no paran de cambiar y de evolucionar provocando que el sector financiero, desde las gestoras, hasta los bancos, asesores o […]
Si Europa se caracteriza por algo, en los últimos años y en lo referente a las finanzas, es por la regulación. La Unión Europea se ha convertido en una máquina de crear diferentes normativas que no paran de cambiar y de evolucionar provocando que el sector financiero, desde las gestoras, hasta los bancos, asesores o distribuidores, tengan que estar siempre pendientes de los múltiples cambios que se van aprobando desde Bruselas. Pero, en los próximos meses la intensidad podría acelerarse, todavía más. Y es que, a la llegada de MiFID III, se une la nueva Ley del Mercado de Valores y Servicios de Inversión en España, el reglamento DORA y la ampliación de las normas ESG. Pero ¿qué es cada uno de ellos? Y, sobre todo, ¿cuáles son los principales cambios que provocarán?
El 24 de mayo se publicó la Retail Investment Strategy, que es el germen del nuevo MiFID, y supuso un alivio y, a su vez, una advertencia para el sector de las inversiones. El motivo no es otro que el debate acerca de las retrocesiones, que son las comisiones que reciben las entidades financieras por parte de las gestoras al vender sus fondos a los clientes. Al principio, se hablaba de una prohibición total, pero no será tan agresiva, aunque sí se prohibirá en algunos casos. En el caso de España, afectará a la mitad de las retrocesiones que actualmente se cobran.
En consecuencia, queda prohibido el cobro de incentivos en la prestación del servicio de recepción y transmisión de órdenes, así como en el servicio de ejecución exclusiva. Además, esta prohibición se mantiene en el servicio de gestión discrecional de carteras y asesoramiento independiente, a menos que dichos incentivos sean cobrados directamente al cliente.
Durante el congreso anual de ASEAFI, Jorge Fernández, Director de Financial Services Legal & Regulatory Practice Spain de EY, explicó que, “aunque por el momento la prohibición total no ha llegado, Bruselas ya ha dejado entrever que podría llegar. De hecho, ha asegurado que esto será revisado en tres años. “Creo que el regulador está dando cierto margen a la industria para que se vaya adaptando”, comentó.
No solamente se verán afectadas las retrocesiones con este nuevo MiFID III, sino que también lo harán las comisiones y gastos. En este caso, los asesores tendrán que aplicar el ‘value for money’ y relacionar el coste que asume el cliente con el beneficio que va a recibir. Es decir, que se limitan los precios en cierta manera. Para ello, se van a crear unos benchmark que ayudarán a los asesores a saber cuánto puede cobrar por el asesoramiento de determinados productos. Además, también se les obligará a evaluar una mayor gama de productos y ofrecer el más idóneo en relación al coste/beneficio para el cliente.
Finalmente, en MiFID III también se creará un nuevo documento de ‘información vital’, que debe ser un resumen de toda la documentación que hasta ahora se entrega al cliente.
Esta nueva normativa, que es una transposición europea a la regla española, afecta directamente a las Empresas de Asesoramiento Financiero (EAF) y a las Empresas de Servicios de Inversión (ESI). Se van a aplicar cambios en materia de solvencia, subiéndolo de 50.000 euros a 75.000 euros, pero no va a afectar a aquellas EAF que sean personas físicas, y no jurídicas. Además de ello, se va a crear una nueva categoría, llamada ‘EAF nacionales’, que no deben cumplir con estos requisitos de solvencia, pero que no podrán ni ser ESI, ni tener pasaporte europeo para operar fuera de España y tampoco podrán hacer asesoramiento financiero mediante sus agentes, solo servicios de captación. Por su parte, las EAF que quieran ser ESI y quieran tener pasaporte europeo deben cumplir con los nuevos requisitos de solvencia y adherirse, además, al FOGAIn.
El Reglamento de Resiliencia Operacional Digital (DORA), también conocido como Digital Operational Resilience Act, es una regulación de la Unión Europea que tiene como objetivo establecer un marco unificado para la gestión del riesgo digital en el sector financiero dentro de la Unión Europea.
Este marco busca promover la adopción de un enfoque común en términos de ciberseguridad y gestión de riesgos de tecnologías de la información y comunicación (TIC), con el fin de agilizar la gestión en las organizaciones. De esta manera, se busca garantizar que todas las entidades financieras y proveedores de TIC sigan directrices uniformes para asegurar la continuidad de sus operaciones y servicios digitales en situaciones de incidentes, fallos técnicos, ataques cibernéticos u otros eventos que puedan afectar su infraestructura tecnológica.
Por último, la normativa ESG seguirá expandiéndose mediante la adaptación de lo ya aprobado – green MiFID, reglamento SFDR, taxonomía… – y se seguirán creando nuevas normativas, especialmente las relativas a la taxonomía social. Pero, en este caso lo más importante parece estar en la adaptación que vaya teniendo la industria, que en estos momentos se encuentra envuelta en una oleada de dudas sobre la adecuación de las diferentes normativas ESG.