El Consejo de Ministros ya ha aprobado las nuevas obligaciones informativas que aplicarán a las criptomonedas y a las operaciones realizadas con las mismas a partir del 1 de enero de 2024. El ministerio público busca fiscalizar de manera más eficaz los hechos imponibles derivados de la tenencia de las monedas digitales. Se trata de […]
Dirigentes Digital
| 10 abr 2023
El Consejo de Ministros ya ha aprobado las nuevas obligaciones informativas que aplicarán a las criptomonedas y a las operaciones realizadas con las mismas a partir del 1 de enero de 2024. El ministerio público busca fiscalizar de manera más eficaz los hechos imponibles derivados de la tenencia de las monedas digitales. Se trata de una legislación que, además, afectará a las monedas virtuales que estén fuera de España.
Estas modificaciones reglamentarias aprobadas van encaminadas a implementar los cambios que se aprobaron en 2021 en la Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal que, a su vez, transponía una directiva europea. El ministerio liderado por María Jesús Montero ha establecido dos obligaciones informativas.
La primera obligación informativa la deberán presentar las personas y entidades en España -y los establecimientos permanentes en territorio nacional que operen con activos de este tipo de personas o entidades residentes en el extranjero- que ofrezcan servicios de salvaguarda de claves criptográficas privadas de terceros dedicadas al mantenimiento, almacenamiento o transferencias de monedas virtuales. En la declaración se deberá incluir la totalidad de las criptomonedas que mantengan en custodia.
Además, este mismo grupo, si proporciona servicios de cambio de criptomonedas, también deberá presentar una declaración informativa anual conteniendo las “operaciones de adquisición, transmisión, permuta y transferencia de monedas virtuales, así como los cobros y pagos realizados en dichas monedas”.
Asimismo, también deberán presentar otra declaración informativa anual que indique la totalidad de las monedas virtuales situadas en el extranjero. En este modelo, se incluye a aquellos sujetos que ya no dispongan de criptomonedas, pero lo hayan hecho a lo largo del ejercicio en cuestión, indicando la información correspondiente a la fecha en la que la extinción se produjo.
En este sentido, la Comisión Europea también ha planteado pedir información sobre las operaciones de cambio y los tenedores de criptomonedas que superen los 1.000 euros. La iniciativa, anunciada a finales del año pasado, planea crear un registro para fiscalizar mejor las operaciones relacionadas con las monedas virtuales.