La incorporación de las empresas españolas al mercado internacional ha sido dispar, ya que las grandes empresas comenzaron a abrirse hace años, pero las demás lo han hecho recientemente. El resultado de ello es que 2019 marcó de nuevo un máximo en las exportaciones españolas de mercancías. El récord de 290.089 millones de euros en […]
NacionalDirigentes Digital
| 18 mar 2020
La incorporación de las empresas españolas al mercado internacional ha sido dispar, ya que las grandes empresas comenzaron a abrirse hace años, pero las demás lo han hecho recientemente. El resultado de ello es que 2019 marcó de nuevo un máximo en las exportaciones españolas de mercancías.
El récord de 290.089 millones de euros en mercancías que exportaron las empresas españolas será difícil de repetir en 2020. Hay que decir que la fortaleza de la exportación ha sido una de las claves de la recuperación de la economía española, ya que, como explicó la secretaria de Estado de Comercio, Xiana Méndez, al presentar las cifras del año pasado, “estos datos vienen a confirmar la resiliencia y potencia de nuestro sector exportador”.
Está por ver si dicha resiliencia se hará notar ahora que el entorno es más difícil que el que ya existía, con incertidumbres como las tensiones comerciales chino-estadounidenses y la salida de Reino Unido de la Unión Europea. Para prestar apoyo a este importante segmento del tejido productivo español, el Gobierno aprobó también medidas a las que estas empresas pueden acogerse.
Según se explica en el Real Decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se pone en marcha una “Línea extraordinaria de cobertura aseguradora”. Dicha actuación consiste en la creación de una línea de cobertura aseguradora de hasta 2.000 millones de euros por un periodo de seis meses, con cargo al Fondo de Reserva de los Riesgos de la Internacionalización.
En particular, se explica que los beneficiarios de esta cobertura son las empresas españolas consideradas como pequeñas y medianas, tal como lo establece un Reglamento Europeo de 2014. Así, estas empresas son aquellas con menos de 250 trabajadores, con un volumen de negocios anual inferior a 50 millones de euros y con un balance inferior a 43 millones de euros. Además, esta definición excluye a las compañías cotizadas.
Por otro lado, el Gobierno establece otros requisitos para poder acogerse a esta actuación. El primero es que el negocio internacional represente un tercio de su cifra de negocio, o bien que haya exportado regularmente durante los cuatro años anteriores. Junto a eso, se debe enfrentar un problema concreto de liquidez o de acceso a financiación a consecuencia de la crisis del Covid-19.
Tal y como recoge el BOE (artículo 31), cada decisión con respecto a las operaciones individuales de cada empresa se tomará por medio de “mecanismos ágiles”. En ese sentido, se tendrán en cuenta “criterios de información y solvencia extraordinarios”. Además, la línea se estructurará en dos tramos de 1.000 millones de euros, de manera que el segundo entrará en vigor una vez el primero se ejecute de forma “satisfactoria”.
En esta parte, el Gobierno establece que se incluyan en la línea de cobertura “todo tipo de operaciones comerciales, incluidas las nacionales”. Este aspecto se explica porque las acciones en territorio español “forman parte de la estrategia comercial” que llevan a cabo estas empresas exportadoras.