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Joaquín Muñoz: “Las circunstancias legales del metaverso son muy parecidas a las de un videojuego”

Joaquín Muñoz es socio del despacho Bird & Bird y dirige su departamento de Commercial y Privacy & Data Protection en la oficina de Madrid. Este abogado apasionado de las tecnologías disruptivas, explica a DIRIGENTES las dificultades legales que entraña el metaverso y los aspectos que habitan en él.    ¿Qué barreras se encuentran quienes […]

Dirigentes Digital

07 dic 2022

Joaquín Muñoz es socio del despacho Bird & Bird y dirige su departamento de Commercial y Privacy & Data Protection en la oficina de Madrid. Este abogado apasionado de las tecnologías disruptivas, explica a DIRIGENTES las dificultades legales que entraña el metaverso y los aspectos que habitan en él. 
 

¿Qué barreras se encuentran quienes quieren comenzar a participar en el metaverso?

El desarrollo de las circunstancias legales son muy parecidas a las que tiene un videojuego. Cuando estamos haciendo un proyecto a medio o largo plazo entran en juego otros factores: si estamos hablando de un metaverso centralizado, es decir controlado por una empresa, o si hay planteamientos de metaversos descentralizados en los que se pueden utilizar tecnología blockchain. Aquí los principales retos legales vienen precisamente de esa descentralización, que no haya un responsable, una empresa que es la que provee el entorno digital. Cuando no hay un responsable único y la responsabilidad de lo que ocurre ahí se reparte entre todos los nodos conectados, entran en juego otras cuestiones que no están tan claras como la ley aplicable, jurisdicción…

¿La legislación actual en España está preparada para la regulación de estos nuevos mundos virtuales como el metaverso?

Para abordar las novedades que hay, sí. No dista mucho de lo que ya tenemos en comercio electrónico, redes sociales, etc. En algunos casos se trata simplemente de entender lo que está sucediendo técnicamente en el metaverso y poder aplicar la normativa que corresponda, porque el metaverso no es más que un medio donde suceden las cosas.

Probablemente para lo que viene, para esos metaversos descentralizados en los que no hay un fuero claro, las normas las van a poner los propios usuarios, no tanto una empresa o un único titular. Ahí sí se pueden presentar problemas sobre todo relacionados con la jurisdicción aplicable, cómo se persiguen las infracciones que pueda haber.

¿Qué hay que tener en cuenta  a la hora de hacerse con un NFT?

Es importante entender qué estamos comprando cuando compramos ese NFT, yo creo que todavía hay poco conocimiento de lo que realmente estás comprando asociado al NFT. Normalmente lleva asociado un producto o unos derechos dependiendo del ámbito en el que estemos: artístico, de servicios…hay que entender qué es lo que lleva asociado. Eso debe ser el punto de partida: informarse bien, ver si realmente el valor es razonable…

Lo bueno de la tecnología blockchain que se utiliza por detrás de los NFT es que dejan la traza de lo que estoy comprando. Esas compras se realizan normalmente sin intermediarios por tanto también es importante entender cómo va a ser el siguiente paso si quiero deshacerme de ellos o ponerlos a la venta. Si mi interés es comprar algo para después sacar un rendimiento, es importante entender primero el mercado y después ver cómo hacer la venta. 

Hay una serie de cuestiones fiscales con la compraventa de estos objetos también son importantes. Sobre todo en el momento en el que transformo esos NFT o criptomonedas en dinero real de vuelta, porque si ha habido un incremento patrimonial es probable que esté sujeto a unas cuestiones fiscales que hay que tener en cuenta. 

Si hay activos tokenizados que no se pueden disfrutar en el mundo real, ¿Por qué adquieren valor real? 

El ejemplo más fácil son los metaversos que llevan asociados un videojuego: armas, ropas, de los personajes… ¿Por qué tiene valor en el mundo real? Porque hay gente que está dispuesta a pagar dinero real transformado en la moneda que sea para poder disfrutar también en el metaverso. 

La clave en la valoración se tiene que hacer siempre en el momento de transformación en dinero real. Se están dando los primeros casos en los que hay que hay que incluir en las declaraciones de patrimonio el dinero virtual que podamos tener. Principalmente el impacto o la transformación se está dando a la hora de convertir ese dinero virtual en dinero real. En el ámbito de las criptomonedas, al fluctuar tanto el mercado y la oferta y la demanda es difícil darle valor a ese incremento. 

¿Cómo se gestionarán a partir de ahora los patrimonios si se incluyen los activos que pueden estar presenten en el metaverso?

En algunas ocasiones en las que hemos ayudado a hacer estructuras fiscales para entender si estaban incluidas o no las criptomonedas dentro de los patrimonios o dentro de esas conversiones de criptomonedas a dinero real, en algunos casos no había un criterio muy claro y se ha tomado como referencia el valor en dinero real de la compra y el valor en dinero real después de la transformación o de la venta de esos activos. 

Uno de los principales problemas es, que puedes tener criptomonedas, bitcoin pero hasta que no lo transformas en una compra, la consideración real es que tú tienes un activo digital, como si fueran canciones de itunes o películas de Amazon Prime compradas.

Por el momento se consideran activos digitales. Puede que tengan un valor que es el que marca el mercado, simplemente es oferta y demanda y esto puede cambiar en horas, por tanto lo que se toma como referencia normalmente, es el valor de compra en el inicio y el valor de venta cuando transformas ese activo digital en dinero real.

¿Se pueden asegurar riesgos en el metaverso?

Se podrían asegurar, al igual que los activos o las acciones. Dependería de si las aseguradoras están dispuestas a ofrecer este tipo de seguros. En general seguramente tenga que acotarse a productos o servicios muy concretos y asegurar que vayan de la mano de los titulares de los negocios que ofrezcan esos productos o servicios. 

Yo creo que se podría asegurar pero tendría que estar muy bien definido el ámbito y creo que las aseguradoras solo entrarán cuando controlen todo el ciclo o tengan especial relación con alguna de las partes del ciclo, si no, me parece difícil que arriesguen algo de lo que no tienen el control al 100%.

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