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Cómo seguir el registro de jornada, el principal hándicap para las empresas

El registro de jornada es posible que se haya convertido en uno de los temas más comentados dentro de las empresas esta semana. Tras un período de dos meses para adaptarse a la nueva normativa, desde ayer todas las empresas están obligadas a hacerlo. Pero lo cierto es que la mayoría de organizaciones no tiene […]

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Dirigentes Digital

10 may 2019

El registro de jornada es posible que se haya convertido en uno de los temas más comentados dentro de las empresas esta semana. Tras un período de dos meses para adaptarse a la nueva normativa, desde ayer todas las empresas están obligadas a hacerlo. Pero lo cierto es que la mayoría de organizaciones no tiene muy claro cómo ejecutarlo. "La norma se ha focalizado en dejar claro que existe una obligación de registro de inicio y fin de jornada. Lo que no ha dicho es la manera de hacer el seguimiento o la transcendencia que pueda tener la información recabada", comenta a DIRIGENTES el socio laboral de Cuatrecasas, Valentín García González.

En un contexto marcado por la flexibilidad laboral y el teletrabajo, uno de los principales problemas que se derivan de esta norma es cómo realizar un control de manera efectiva ante este tipo de situaciones. Este hecho en sí no exime a la empresa de controlar las horas de trabajo del empleado. De ahí que las soluciones pasan por aplicar un formato con el que se pueda llevar a cabo el registro de manera efectiva. Bien un dispositivo en el ordenador o una aplicación móvil.

Algo parecido ocurre con el personal comercial o los directivos. Se trata de un perfil que, por las características de su cargo, pasa poco tiempo en la oficina, por lo que medir su actividad no resulta tarea fácil. Por regla general, los desplazamientos no están considerados como jornada. Sin embargo, es un tiempo que el trabajador no está disfrutando, sino que lo está empleando en la prestación de un servicio, lo que da lugar a cuestionar si debería computar dentro de dicha jornada.

"Los propios trabajadores ven con recelo el hecho de que ahora los vayan a controlar", asegura el profesor de Derecho Laboral de la Universidad Oberta de Cataluña (UOC) y asesor de empresas, Pere Vidal. A juicio del experto, las grandes compañías necesitan varios tipos de sistemas de control de jornada al contar con una tipología muy diversa de empleados.

No hay que olvidar que este Real Decreto Ley se encuentra orientado a combatir las horas extraordinarias no remuneradas, por lo que de manera intrínseca, debería ayudar a incrementar la productividad. "Como el empresario no va a dejar echar horas de más, mejoraremos en horarios porque intentaremos hacer lo mismo de manera mucho más rápida", sostiene García González, quién también ve necesario que la norma contemplara una referencia específica para usar de manera disciplinaria la información recabada a raíz de dichas anotaciones.

Cabe recordar que aquellas corporaciones que no cumplan con la normativa se enfrentan a multas de hasta 6.250 euros, siempre en función de la gravedad de lo ocurrido. Sin embargo, las sanciones no comenzarán de manera inmediata. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ya ha avanzado que no multará de manera inicial a aquellas empresas que no cuenten con un registro de las horas de inicio y finalización del trabajo de cada empleado. Eso sí, han de ser capaces de demostrar que se encuentran en proceso de implantación.

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