La Agencia Tributaria exige a los trabajadores por cuenta propia presentar la declaración trimestral de sus actividades con el fin de hacer un seguimiento de su actividad más riguroso. Entre los modelos fiscales a presentar se encuentra el IVA cuyo control se puede realizar de manera mensual o trimestral a través del modelo 303. No […]
AutónomosDirigentes Digital
| 22 mar 2023
La Agencia Tributaria exige a los trabajadores por cuenta propia presentar la declaración trimestral de sus actividades con el fin de hacer un seguimiento de su actividad más riguroso. Entre los modelos fiscales a presentar se encuentra el IVA cuyo control se puede realizar de manera mensual o trimestral a través del modelo 303.
No obstante, Hacienda exige además un control detallado de las facturas que los autónomos emiten a quiénes prestan servicio, teniendo estas que coincidir fiscalmente con lo presentado por esos clientes. Un desglose tanto de la actividad en la que el trabajador está dado de alta, así como del servicio realizado, las horas dedicadas a él o los datos del que recibe la factura. De no ser así, las multas pueden ascender a mucho más de lo que debe abonar por su actividad.
Para evitar sanciones por parte de AEAT, la facturación emitida por los autónomos debe estar perfectamente detallada. La fecha en la que se emitieron las facturas además del pertinente número relativo a la contabilización del autónomo debe aparecer en el documento facilitado al Fisco. Además, tendrás que incluir los datos de facturación pertinentes al propio trabajador y del cliente que recibe la factura.
No será suficiente pormenorizar las facturas tan solo con los datos anteriores. El autónomo tendrá que especificar a continuación la actividad que realiza para justificar la razón del cobro. En este apartado se podrán detallar el tipo de servicio realizado, las horas que se han dedicado al trabajo, las funciones del trabajador o las actividades que se han llevado a cabo.
Si existe un factor elemental en una factura ese el precio. Este deberá sumarse el IVA correspondiente al servicio, del 10 o del 21% según corresponda, y restar el IRPF que vaya a deducirse. A este apartado habrá que añadir el número de cuenta bancaria al que se vaya a realizar el ingreso del importe del servicio realizado y señalado en la factura emitida. De no estar firmado el albarán, el documento no será válido.
De esta manera, además de evitar fraudes por parte del trabajador, Hacienda se facilita el trabajado antes los miles de personas adscritas al RETA. Por tanto, además del modelo 303 que todos los autónomos están obligados a pagar, la Agencia Tributaria exige estas pautas a la hora de presentar sus facturas; de no ser así, las sanciones podrían resultar cuontiosas.