El Congreso ha aprobado el proyecto de Ley de Reforma de la Ley Concursal. Esta iniciativa del Gobierno busca adaptar la normativa española a la Directiva europea de reestructuración e insolvencia. Con esta Ley, que está incluida dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el Ejecutivo busca agilizar los trámites de aprobación de un […]
PYMESDirigentes Digital
| 06 jul 2022
El Congreso ha aprobado el proyecto de Ley de Reforma de la Ley Concursal. Esta iniciativa del Gobierno busca adaptar la normativa española a la Directiva europea de reestructuración e insolvencia. Con esta Ley, que está incluida dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el Ejecutivo busca agilizar los trámites de aprobación de un convenio o los de liquidación.
Las modificaciones que incluye este texto persiguen ganar eficiencia en la expedición de los procedimientos concursales y aumentar el número de empresas que se mantiene viable. Entre las principales novedades, encontramos la disponibilidad de un asesor para aquellas empresas que facturen anualmente menos de 700.000 euros. Esta novedosa figura se encargará de ofrecer asesoramiento especializado gratis sobre la situación de insolvencia en la que se encuentre la empresa interesada.
Tras la aprobación por parte del Consejo de Ministros el pasado diciembre de la propuesta del Ministerio de Justicia y el de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el paso por el Pleno del Congreso de los Diputados ha introducido modificaciones en el texto. Así, se han incorporado enmiendas que afectan a pymes, a la asistencia letrada en el concurso o a la exoneración del crédito público, entre otros ámbitos.
En relación a las pequeñas y medianas empresas, la normativa garantiza a las mismas asistencia letrada durante el proceso. Las pymes también salen beneficiadas con la sustitución de los actuales acuerdos de refinanciación por los planes de reestructuración, ya que estos dispondrán de una modalidad específica para empresas con menos de 10 empleados. Así, el proyecto de reforma ofrece dos itinerarios –un plan de continuación o una liquidación ordenada– tras la negociación con los acreedores, que no podrá sobrepasar los tres meses.
Los nuevos planes de reestructuración digitalizan gran parte del proceso para que se pueda resolver de manera más rápida y económica. También facilita la reasignación de recursos para evitar que aquellas empresas viables inmersas en procedimientos de insolvencia, quiebren.
Por otro lado, esta iniciativa reforma el procedimiento de segunda oportunidad, permitiendo al deudor la posibilidad de exonerar su deuda sin la previa liquidación de su patrimonio. Esta modificación, que abre por primera vez este proceso a los consumidores, permitirá a los particulares seguir disponiendo de la vivienda habitual y a los autónomos mantener su negocio abierto. La persona, o empresa, interesada puede acogerse a un plan de pagos que no durará más de tres años –cinco en el caso de que no se enajene la casa del propietario–.
En el caso de que la empresa vaya a ser liquidada, los trabajadores de la misma tendrán la posibilidad de adquirirla en forma de sociedad cooperativa, laboral o participada. Estos podrán capitalizar el paro antes de la liquidación para presentar su propuesta de compra. Además, la oferta de los empleados tendrá prioridad frente a la de terceros compradores siempre que sea igual o superior a esta.