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Sábado, 27 de abril de 2024
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Ahorro

Seis preguntas y respuestas antes de ahorrar para la jubilación

A partir de enero de 2023 se empezarán a jubilar en España los trabajadores de la generación Baby Boomer (nacidos a partir de 1957), la más numerosa de nuestro país y que además tiene derecho a una pensión media más elevada, al haber contado con empleos más cualificados y, por ende, mejor remunerados. Supondrá un […]

15 dic 2022

A partir de enero de 2023 se empezarán a jubilar en España los trabajadores de la generación Baby Boomer (nacidos a partir de 1957), la más numerosa de nuestro país
y que además tiene derecho a una pensión media más elevada, al haber contado con empleos más cualificados y, por ende, mejor remunerados. Supondrá un incremento
en el gasto de la Seguridad Social y también acelerar el descenso en la ratio entre trabajadores y pensionistas, un escenario que empuja irremediablemente a un
descenso en la cuantía media de las pensiones públicas en el medio y largo plazo, para mantener la sostenibilidad del sistema, lo que obliga a los trabajadores actuales a
contar con un plan para complementar su pensión pública.

¿Por qué necesito ahorrar para la jubilación?

Los cambios en la pirámide poblacional empujados por el incremento de la esperanza de vida, la caída en la tasa de natalidad y el inicio de la jubilación en estos próximos años de la generación de los Baby Boomers, amenazan la sostenibilidad del sistema de pensiones, tal y como lo conocíamos hasta ahora.
A día de hoy, no está en duda la pensión pública para las próximas décadas, pero sí el importe de dichas prestaciones. Según datos de la Comisión Europea, la tasa de sustitución, que mide la pensión pública con respecto al último sueldo, irá cayendo en los próximos años hasta niveles del 50%, frente al 78% actual. En e este escenario, los actuales trabajadores que se jubilen en los próximos 10, 20 ó 30 próximos años tienen que ahorrar para complementar la jubilación pública, si no quieren perder su poder adquisitivo cuando abandonen el mercado laboral.

¿Cuándo tengo que empezar a ahorrar?

Lo antes posible. Cuanto antes empecemos a ahorrar, el esfuerzo será menor. Incluso no está de más que cualquier persona que accede al mercado laboral por primera vez reserve una parte pequeña de su salario a ahorrar para la jubilación. Es cierto que los sueldos y el coste de la vida no dejan mucho margen, pero las aportaciones periódicas, por muy pequeñas que sean, tienen la ventaja de que se pueden adaptar en cada momento a la situación personal del ahorrador y que juega a nuestro favor el interés compuesto, aquel que se va sumando al capital inicial y sobre el que se van generando nuevos intereses. La clave está en diseñar un plan de ahorro pensando en el largo
plazo, según nuestro perfil ahorrador, en base a nuestra capacidad de ahorro, horizonte temporal, necesidades vitales o la aversión al riesgo.

¿A quién podemos acudir para pedir ayuda?

Confía en tu asesor financiero certificado, es el mejor aliado para lograr los objetivos. La mejor forma de lograr una correcta planificación, y más pensando en el largo plazo, pasa por acudir a un asesor financiero certificado que nos acompañe a la hora de trazar una estrategia que nos permita obtener la máxima rentabilidad financiero-fiscal y, además, nos asesorará en el momento de percibir las prestaciones o cuando queramos cambiar nuestra cartera de inversión.

¿Cuál es el producto perfecto para ahorrar para la jubilación?

No existe el producto perfecto, sino que hay tantas opciones como ahorradores. Históricamente, el ahorro para la jubilación se ha canalizado a través de los planes de pensiones y planes de previsión asegurados (PPA), como vehículos diseñados específicamente para este fin, pero la drástica reducción en el límite de aportación en estos dos últimos años, de 8.000 a 1.500 euros anuales (para 2022), ha hecho necesario complementar con otros productos. Existen otras opciones, que no cuentan con las mismas ventajas fiscales que los planes de pensiones y PPA en el momento de hacer las aportaciones (reducción de la base imponible del IRPF) pero que sí las pueden
tener cuando se rescate, como son los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS) o los seguros individuales de ahorro a largo plazo (SIALP) que, además, permiten el rescate en cualquier momento. También existen las opciones conversadoras de los seguros de ahorro con un interés asegurado.

Sin embargo, ante las dificultades para lograr rentabilidades competitivas, los seguros unit linked y los fondos de inversión también se configuran como una magnífica alternativa para ahorrar en el largo plazo, gracias a su gestión profesional, su seguridad y la diversificación que permiten, fundamental en un escenario de incertidumbre como el que vivimos en la actualidad.

¿Cómo puedo canalizar todo el ahorro dedicado para la jubilación?

La clave está en realizar aportaciones periódicas en los productos de ahorro. La ventaja fundamental de las aportaciones periódicas es que al realizarlas en diferentes momentos (por ejemplo, mensualmente) adquieres participaciones en el plan de pensiones, PPA, unit linked o fondo de inversión con diferentes valores de los activos vinculados con lo que implícitamente se está diversificando el riesgo del ahorro. Además, otra ventaja de las aportaciones periódicas en los productos de ahorro e inversión, es su adaptación a la situación personal de cada ahorrador, a partir de cantidades reducidas e ir amoldándose a las circunstancias personales o del mercado en cada momento, incluso con la posibilidad de paralizarlas y retomarlas en el momento que se decida.

¿Cuáles son las ventajas fiscales de los productos para este fin?

Los planes de pensiones y los PPA son los únicos productos en los que sus aportaciones reducen la base imponible en el IRPF. Otros, como los PIAS y SIALP, antes comentados, pueden quedar exentas de tributación los rendimientos en caso de rescate transcurridos 5 años desde que se contrataron. También hay que significar que en los traspasos de planes de pensiones, de PPA y de fondos de inversión de una entidad gestora a otra no hay impacto fiscal ni gastos por cambiar de gestora. Si que habrá que tributar en el momento de percibir el capital acumulado.

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